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Alcalá Desarrollo te dice cómo conseguir las ayudas regionales para empresas

Alcalá Desarrollo te dice cómo conseguir las ayudas regionales para empresas

La Comunidad de Madrid aprobó destinar 2,5 millones de euros para apoyar al tejido industrial del Corredor del Henares y el Sur Metropolitano de la región. El objetivo de estas ayudas, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, es incentivar que las pequeñas y medianas empresas (pymes) de estas dos zonas de la región puedan realizar inversiones con el objetivo de impulsar su actividad.

Si quieres optar a ellas y tienes dudas, ponte contacto con el Área de Dinamización Socioeconómica de Alcalá Desarrollo: dinamización@ayto-alcaladehenares.es

En la convocatoria de 2014 y 2015, un total de 131 empresas se han beneficiado del importe de estas ayudas, destinadas en su mayor parte a inversiones de bienes de equipo y a la mejora de sus instalaciones.

Os la diseccionamos:
– Normativa: Acuerdo del 23 de febrero de 2016 del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. BOCM 9 de marzo de 2016-03-10

– Objeto: Concesión de ayudas cofinanciadas por FEDER al 50%.

– Beneficiarios: Los beneficiarios serán las PYMES* del sector industrial que:

· dispongan de un centro de trabajo en los municipios del Corredor del Henares.

· vayan a realizar inversiones en activos materiales o inmateriales relacionadas con (i) la creación de un nuevo establecimiento, (ii) la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, (iii) la diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo, (iv) o una transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente.

– Las ayudas podrán solicitarlas aquellas empresas (tanto personas físicas como jurídicas) que estén válidamente constituidas en el momento de la solicitud y que ejerzan una actividad económica.

– Para la solicitud de estas ayudas regirán las exclusiones que marca la Ley 38/2003 General de Subvenciones y las limitaciones que establece el Reglamento (UE) 651/2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior.

– Cuantía: Aquellos proyectos en los que la suma de todos los gastos subvencionables sean iguales o superiores a 40.000.-€, con el límite máximo de 200.000.-€ para las medianas empresas y de 300.000.-€ para las pequeñas empresas.

Gastos subvencionables:

– Adquisición, renovación o extensión de activos materiales e inmateriales que no sean terrenos.

– Inversiones materiales, consistentes en edificios e instalaciones, maquinaria y equipos, excluyendo la adquisición de terrenos.

– Inversiones inmateriales, es decir, activos que no tienen una materialización física o financiera, como las patentes, licencias, conocimientos técnicos y otros derechos de propiedad.

– No serán subvencionables las adquisiciones mediante arrendamiento financiero.

– Realización de la inversión subvencionable: La inversión deberá realizarse desde que se presenta la solicitud hasta el 15 de septiembre de 2016. Las fechas de facturas y pagos deberán estar incluidas en dicho periodo.

– Plazo de presentación: hasta el 15 de septiembre. Las solicitudes se resolverán por su orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos y siempre teniendo en cuenta el orden cronológico de entrada.

Enlace al bocm y formulario de solicitud.